LA MUERTE ASISTIDA: ¿DERECHO EN CONSTRUCCIÓN?


Miércoles 2 de septiembre de 2026
Por Alejandra Yáñez Rubio
Muchas veces hemos escuchado a los políticos de izquierda decir que “ampliar libertades” equivale a construir derechos.
Bajo esta perspectiva positivista, lo que es antinatural e incorrecto se ha transformado en derecho humano.
Ejemplos podemos dar muchos: la homologación de todos los tipos de unión, el borrado de la naturaleza femenina, la adquisición de hijos mediante métodos de explotación reproductiva, la venta de algunos tipos de drogas y, ahora, el anuncio de la jefa de Gobierno de la CDMX de que su administración pretende impulsar el diálogo para la legalización de la eutanasia.
¿Pero qué significa eutanasia?
Según la Real Academia Española, eutanasia es la muerte sin sufrimiento físico o bien la intervención deliberada para poner fin a la vida de un paciente sin perspectiva de cura.
En Canadá la llaman “asistencia médica para morir”, y la Enciclopedia Britannica la define como el acto o práctica de poner fin, sin dolor, a la vida de un individuo que padece una enfermedad grave e incurable o un trastorno físico incapacitante.
En palabras más sencillas, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México propone que los médicos puedan terminar con la vida de aquellas personas que tienen un “sufrimiento intolerable”.
La señora Clara Brugada dice que se realizó una encuesta de opinión en la CDMX, en la que el 86% de las personas dijeron estar a favor de la legalización del homicidio perpetrado por médicos contra personas enfermas.
El problema no sólo radica en la moralidad del acto, sino en las implicaciones de atender “situaciones específicas durante los momentos finales de la vida”, ya que tanto las definiciones como los marcos normativos de otras naciones permiten que la eutanasia o la terminación de la vida no solo se proporcione a enfermos terminales, sino también a personas con trastornos incapacitantes o sufrimientos “intolerables”, a veces menores de edad.
¿Quién definirá qué es un trastorno incapacitante?
El déficit de atención es un trastorno que puede ser incapacitante, pero eso no significa que se deba permitir la “muerte asistida” de quienes padecen este trastorno.
¿Quién decidirá qué es un sufrimiento intolerable?
El caso Noelia, en España, nos debe recordar que lo que para una joven era un sufrimiento intolerable, en realidad era un grito desesperado por justicia y por asistencia médica que le permitiera atender su salud mental.
Yolanda Ramos, la madre de Noelia, argumentó que su hija padecía trastornos de salud mental, no una enfermedad terminal, y afirmó que el sistema privó a Noelia de la oportunidad de sanar con la atención psiquiátrica adecuada.
¿Cuándo es lícito matar a un enfermo terminal? ¿Qué trastornos hacen de una persona alguien descartable? ¿La depresión crónica también es un sufrimiento intolerable?
El sector médico tiene el enorme reto de atender, con humanidad, una multitud de enfermedades graves, crónicas e incapacitantes.
La falta de soluciones médicas no debe abrir camino a la muerte asistida por personal médico.
En un país con graves carencias médicas y sin presupuesto suficiente para garantizar cuidados paliativos, sería un craso error legislar en favor del descarte de quienes ya no tienen una solución médica.
Además, con las encuestas de opinión, no se garantiza que quienes participan, cuenten con la información básica indispensable para impulsar una politica pública de tan graves implicaciones.

