La FSSPX precisa el estado de necesidad: los institutos tradicionales son una gota en el océano


Martes 8 de septiembre de 2026
El «estado de necesidad» ha sido el argumento central de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X (FSSPX) para justificar las consagraciones episcopales celebradas el pasado 1 de julio sin mandato pontificio.
La cuestión ha ocupado buena parte del debate de los últimos meses, pero quedaba pendiente una explicación más precisa de qué entiende la Fraternidad por esa necesidad y, sobre todo, por qué considera que sigue existiendo pese a la presencia de comunidades tradicionales en plena comunión con Roma.
El padre Daniele Di Sorco, sacerdote del distrito italiano de la FSSPX, ha abordado ahora específicamente esas cuestiones en una intervención recogida por el Catholic Herald.
Su explicación desarrolla el argumento formulado en febrero por el superior general, Davide Pagliarani, y responde a una de las principales objeciones planteadas desde el mundo tradicional contrario a las nuevas consagraciones.
Un peligro para la fe de los fieles
Di Sorco parte de una definición general. Un estado de necesidad aparece cuando existe un peligro para el cuerpo —necesidad física— o para el alma —necesidad espiritual—.
La FSSPX sostiene que actualmente existe una necesidad espiritual de carácter grave y generalizado porque, a su juicio, una parte considerable del clero en situación canónica regular transmite doctrinas erróneas o una enseñanza moral deficiente.
«Ya no enseñan la fe como deberían», sostiene Di Sorco, quien señala específicamente las doctrinas derivadas del Concilio Vaticano II y añade que, en el terreno moral, se presentan en ocasiones como lícitas conductas que no lo serían.
El sacerdote extiende su argumento al ámbito sacramental y litúrgico. Incluso cuando los sacramentos celebrados según los libros reformados son válidos, afirma, son administrados dentro de unos ritos que, a juicio de la Fraternidad, «ya no expresan adecuadamente la fe católica».
De ahí deriva la tesis central: un fiel que recurriera ordinariamente a esos sacerdotes podría encontrarse, según la FSSPX, ante el peligro de que su fe resulte alterada.
«Está claro que nos encontramos ante una situación de necesidad grave y común, que el derecho asimila a la necesidad extrema individual», concluye Di Sorco.
La explicación concreta así lo que Pagliarani había sostenido cuando anunció las consagraciones episcopales.
Entonces afirmó que «el estado objetivo de grave necesidad en el que se encuentran las almas» exigía garantizar la continuidad de la obra de la Fraternidad y llegó a sostener que en una parroquia ordinaria los fieles ya no encuentran, de manera general, los medios necesarios para asegurar su salvación.
¿Y los institutos tradicionales en plena comunión con Roma?
La principal novedad de la explicación de Di Sorco aparece al responder a un argumento especialmente relevante después de las consagraciones: si existen sacerdotes e institutos tradicionales plenamente reconocidos por la Santa Sede, ¿puede seguir sosteniéndose que los fieles se encuentran en un estado de necesidad?
Di Sorco responde afirmativamente.
A su juicio, los sacerdotes pertenecientes a los antiguos institutos Ecclesia Dei constituyen únicamente «una gota en el océano».
La existencia de esas comunidades no eliminaría, por tanto, una necesidad que la FSSPX considera «común», es decir, una situación en la que el peligro se presenta ordinariamente en la mayoría de los casos.
Pero su argumento no termina en una cuestión numérica.
Di Sorco señala que estos institutos, al menos en sus posiciones oficiales, han aceptado el Concilio Vaticano II y reconocido la legitimidad de la reforma litúrgica, aunque sus sacerdotes celebren habitualmente según los libros litúrgicos tradicionales.
Según su razonamiento, acudir a ellos tampoco resolvería completamente el problema que denuncia la FSSPX, porque permanecería el riesgo de adherirse de algún modo a aquello que la Fraternidad considera errores doctrinales.
«Está claro que el estado de necesidad no cesa por la presencia de unos pocos sacerdotes que enseñan correctamente la doctrina o celebran la Misa según el rito antiguo», sostiene.
Esta afirmación resulta particularmente significativa porque Roma ha contemplado precisamente a los institutos tradicionales en plena comunión como una alternativa para quienes desean conservar la liturgia tradicional sin seguir a la FSSPX.
Antes de las consagraciones, el cardenal Gerhard Müller llegó a plantear en el consistorio extraordinario la conveniencia de recuperar una estructura semejante a la antigua Comisión Ecclesia Dei para acoger a sacerdotes y fieles que eventualmente abandonaran la Fraternidad.
Una cuestión que ya se planteó antes de las consagraciones
La existencia o no de ese estado de necesidad fue uno de los principales puntos de discusión en las semanas anteriores al 1 de julio.
El cardenal Raymond Burke rechazó entonces que la situación de la Iglesia reuniera las condiciones necesarias para justificar las consagraciones.
Se señaló en aquel momento una distinción fundamental entre la existencia de iure de los medios de salvación en la Iglesia y el acceso de facto que muchos fieles tienen a una predicación íntegra, una liturgia digna y una adecuada atención sacramental.
La nueva explicación de Di Sorco se mueve precisamente en ese segundo plano: no sostiene que los medios de salvación hayan desaparecido de la Iglesia, sino que argumenta que para un número suficientemente amplio de fieles resulta difícil acceder ordinariamente a ellos en las condiciones que la FSSPX considera necesarias.
El estado de necesidad sigue en el centro del conflicto con Roma
La aclaración no resuelve la controversia canónica. Roma ha rechazado la justificación invocada por la FSSPX y, tras las consagraciones del 1 de julio, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe declaró que estas habían configurado el delito de cisma y estableció graves consecuencias canónicas para obispos, sacerdotes y fieles que adhieran formalmente a la Fraternidad.
La FSSPX, por su parte, ha impugnado formalmente el decreto. El 11 de julio presentó el recurso administrativo previo contemplado por el Código de Derecho Canónico, al tiempo que continúa sosteniendo que las sanciones son injustas y que el estado de necesidad debe ser tenido en cuenta para valorar jurídicamente las consagraciones.

