Yucatán

El TRIFE confirma la validez de la candidatura de William Pérez Cabrera

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La Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) que declaró infundada la supuesta omisión del presidente y tesorero municipales del Ayuntamiento de Kanasín de entregar la información solicitada por la síndica del municipio y, por ende, la supuesta afectación al desempeño de su cargo.

En sesión pública, celebrada por el sistema de videoconferencia, el día 2 de junio de 2021, a las 13:00 horas, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió 40 medios de impugnación: 37 juicios ciudadanos, dos juicios de revisión constitucional electoral y un juicio electoral.

Entre los asuntos considerados urgentes, al estar relacionados con diversos procesos electorales locales 2020-2021 y dada la cercanía con la fecha en que se llevará a cabo la jornada electoral, se resolvió el Expediente SX-JDC-1079/2021 al estar vinculado con posibles actos de violencia política en razón de género.

La Sala Regional Xalapa al resolver el Expediente SX-JDC-1079/2021 confirmó por unanimidad de votos la sentencia recaída al Expediente JDC-006/2020 del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) que declaró infundada la supuesta omisión del presidente y tesorero municipales del Ayuntamiento de Kanasín de entregar la información solicitada por la síndica del municipio y, por ende, la supuesta afectación al desempeño de su cargo.

La pretensión de la actora era revocar la sentencia impugnada (JDC-006/2020) y, en su caso, que la Sala Regional Xalapa declarare responsables a los sujetos denunciados para que se les inscriba en el catálogo de personas sancionadas.

El Pleno de la Sala Regional Xalapa determinó que, contrario a lo expuesto por la síndica, el TEEY fundó y motivó correctamente las razones expuestas, dado que se acreditó que la información solicitada se entregó de manera completa por parte del presidente municipal y de forma parcial por el tesorero del Ayuntamiento, sin que ello le cause agravio alguno, ya que la solicitante nunca dejó de desempeñar sus funciones. De ahí, consideró la Sala, que no se pueda declarar la obstrucción a su cargo.

Por otra parte, el Pleno de la Sala Regional Xalapa estimó infundados por una parte e inoperantes por otra los agravios relacionados con que las respuestas dadas por los sujetos denunciados no guardaban relación con lo que pidió además de que están indebidamente fundadas y motivadas. Lo anterior, al advertir que el TEEY si dio razones y argumentos aplicables en cada caso, conforme a la ley aplicable, aunado a que la actora y no controvierte las consideraciones de la sentencia.

Así, a unas horas de concluir la campaña electoral, William Román Pérez Cabrera, continúa en la contienda por la reelección al cargo de Presidente de Municipal de Kanasín, Yucatán, donde finalmente, el 6 de junio de 2020, se espera una participación importante por parte de los habitantes del referido municipio.

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