Interrumpida la profanación del Valle de los Caídos


Martes 27 de mayo de 2025
El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha resuelto la suspensión cautelar del procedimiento de contratación impulsado por el Gobierno para el controvertido “Memorial de Cuelgamuros”.
Esta decisión llega tras la interposición de un recurso especial en materia de contratación por parte del arquitecto D. Benjamín José Cano Domínguez, quien denuncia irregularidades en los pliegos del concurso.
Este procedimiento de contratación queda paralizado cautelarmente hasta que se resuelva el fondo del recurso.
Detalles del concurso y el recurso presentado
El concurso, convocado por la Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura, incluía la intervención de un jurado y premios para el diseño del Memorial, así como la posterior adjudicación del contrato de redacción de proyecto y dirección facultativa de obras en el conjunto monumental del Valle de los Caídos, ahora rebautizado como Cuelgamuros.
El arquitecto Cano Domínguez ha alegado que la formulación de los pliegos podría restringir la participación y favorecer ciertos enfoques ideológicos, lo que iría en contra de los principios de un proceso abierto y justo.
La Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura es la entidad responsable de este concurso.
Impacto de la suspensión cautelar
Según la resolución, el Tribunal considera que los perjuicios derivados de continuar con el procedimiento mientras se resuelve el recurso podrían ser de difícil o imposible reparación, por lo que acuerda paralizarlo de manera cautelar.
Esto supone un importante revés para los planes del Ejecutivo, que había acelerado los pasos para transformar simbólicamente el enclave, en el marco de su política de memoria democrática.
La Ley de Contratos del Sector Público y sus implicaciones
La medida cautelar no afecta al plazo para la presentación de ofertas, que sigue su curso, pero impide que continúe el procedimiento hasta que se dicte una resolución firme sobre el recurso, tal como establece el artículo 57.3 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).
Cuestionamiento de la legalidad y transparencia
Esta suspensión no solo retrasa la adjudicación del contrato, sino que pone en cuestión la legalidad del propio planteamiento del concurso, que, como ha denunciado el recurrente, podría vulnerar principios de transparencia y libre concurrencia, al diseñarse de forma que favorece determinadas propuestas ideológicas o estéticas.

