Suprema Corte de Justicia de la Nación concede suspensión contra el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil al Instituto Federal de Telecomunicaciones
El IFT aseguró que el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil afecta sus atribuciones regulatorias
Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) contra el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil.
Fue la ministra Norma Piña quien concedió la suspensión a la controversia constitucional promovida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones para impugnar la reforma, publicada el 16 de abril, toda vez que el órgano señaló que ésta afecta sus atribuciones regulatorias.
Sin embargo, la ministra también negó la suspensión en términos solicitados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, por lo que la suspensión fue parcial.
“Se niega la suspensión en los términos solicitados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, bajo los argumentos contenidos en el cuerpo del presente acuerdo. Se concede la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en los términos y para los efectos que se indican en este proveído”, señala el acuerdo presentado por la ministra Piña.
Hasta este momento, se desconocen los efectos que tendrá la medida cautelar que -con base en el acuerdo publicado por la Corte- no los aborda, pero se prevé que podría bloquear o retrasar la operación del Padrón de Usuarios.
Cabe recordar que el IFT, a través del Comisionado Presidente Adolfo Cuevas Teja, indicó en sus alegatos del pasado 26 de mayo -cuando presentó la controversia constitucional-, que no cuenta con el presupuesto suficiente para instalar, operar, regular y mantener el registro del padrón.
Asimismo, señaló que el Congreso de la Unión afecta e invade la esfera de competencia del IFT al impactar en sus atribuciones regulatorias y de garante de derechos humanos.